Tipos de Empresa en Portugal

En Portugal se pueden constituir varios tipos de empresas:

  • Empresario individual
  • Sociedad limitada
  • Sociedad anónima
  • Sociedad colectiva
  • Sociedad en comandita

La elección del tipo de empresa en Portugal depende de varios factores, como el tamaño de la empresa, su objeto social, el número de socios y el importe del capital social invertido.

Mapa Comparativo de Tipos de Empresa en Portugal

Tipo de Empresa Sócios (mínimo) Capital mínimo (€) Representación del capital Responsabilidad de los socios Nombre
Sociedad limitada 2 (o 1 si es unipersonal) 2 € (1 € si es unipersonal) Participaciones Limitada «Lda.», «Limitada», «Sociedade Unipessoal», «Unipessoal Lda» o «Unipessoal Limitada»
Sociedad Anónima 5 (1 en el caso del CINM) €50 000 Acciones Limitada «S.A.» o «Sociedade Anónima»
Sociedad Coletiva 2 - - Ilimitada «e Companhia», cuando no concreta los nombres de todos los socios
Sociedad en Comandita 2 (si es simple) o 6 (si es por acciones) € 50 000 (solo si es por acciones) Acciones (si es por acciones) Limitada (socios comanditarios) Ilimitada (socios colectivos) «em Comandita», «& Comandita», «em Comandita por Ações» o «& Comandita por Ações»

¿Qué Tipos de Empresa existen en Portugal?

En esta sección, analizaremos los distintos tipos de empresa en Portugal y las principales características de cada uno de ellos.

Sociedade limitada (Lda.)

El capital social de este tipo de empresa se distribuye en participaciones. Este es el tipo de empresa más utilizado en Portugal.

Puede tener uno o más socios, que pueden ser personas físicas o jurídicas. En caso de existir un solo socio, la empresa será del tipo sociedad limitada unipersonal.

El nombre de la empresa (razón social) deberá terminar con la palabra «limitada» o la abreviatura «Lda.». Si la empresa tiene solo un socio, el nombre debe terminar con la expresión «Sociedade Unipessoal» (sociedad unipersonal) o por la palabra «Unipessoal» (unipersonal), antes de «Limitada» o «Lda.».

La responsabilidad de los socios está limitada al capital social suscrito por cada socio. Por tanto, solo el patrimonio de la sociedad responde frente a sus deudas. No obstante, los socios responden solidariamente por todas las aportaciones realizadas por los socios que ya han sido excluidos.

No es obligatorio someterse a la auditoría de un auditor legal, a menos que se superen determinados umbrales en términos de ventas, número de empleados o total del balance.

El importe mínimo de cada participación es de 1 €. Este tipo de empresa se puede constituir a través de la plataforma Empresa Online o de forma presencial.

La administración de las sociedades limitadas compete a 1 o más gerentes.

Sociedad anónima (S.A.)

El capital social de las sociedades anónimas se distribuye en acciones de igual valor. El capital social mínimo es de 50 000 € y su nombre deberá terminar con la palabra «anónima» o la abreviatura «S. A.».

Este tipo de empresa debe estar formado por al menos 5 socios. No obstante, se prevé una excepción para el Centro Internacional de Negocios de Madeira (CINM), donde es posible constituir una sociedad anónima unipersonal (un solo socio), con acciones nominativas.

La responsabilidad de los socios se limita al capital social suscrito por cada socio y la única responsable de las posibles deudas es la empresa. Este tipo de empresa ofrece menor flexibilidad y, por tanto, está orientada a medianas y grandes empresas.

Es obligatoria la supervisión de un auditor legal.

Las sociedades anónimas se pueden constituir a través de la plataforma Empresa Online o de forma presencial.

La administración de las sociedades anónimas corresponde a un Consejo de Administración o a un Consejo de Administración Ejecutivo y un Consejo General y de Supervisión.

Sociedad General de Participaciones Sociales (SGPS)

Las sociedades gestoras de participaciones sociales (SGPS) tienen como único objeto la gestión de participaciones sociales de otras empresas como forma indirecta de ejercicio de actividades económicas. Las SGPS también pueden prestar servicios técnicos de administración y gestión a las empresas en las que participan, siempre que se cumplan determinadas condiciones.

Las SGPS pueden constituirse como sociedades anónimas o como sociedades limitadas.

Este tipo de empresa debe nombrar y mantener un auditor legal desde el inicio de su actividad, y debe presentar a la Inspección General de Finanzas un inventario anual de las participaciones de capital incluidas en las inversiones financieras que figuran en el último balance aprobado.

Sociedades Colectivas

Una sociedad colectiva debe tener al menos dos socios. Su responsabilidad frente a los demás socios es ilimitada y solidaria.

No hay requisitos mínimos de capital y pueden aceptarse aportaciones del sector. La razón social de este tipo de empresa debe contener al menos el nombre de uno de los socios y, cuando no contenga el de todos, debe llevar el añadido «e Companhia» por extenso o abreviado.

No es obligatoria la supervisión de un auditor legal.

La administración de las sociedades colectivas compete a 1 o más gerentes.

Debido al régimen de responsabilidad, este tipo de empresas apenas se utilizan en Portugal. 

Sociedad en Comandita

En las sociedades en comandita se distinguen dos tipos de socios:

  • Socios comanditarios: aportan capital, asumen la gestión de la sociedad y su responsabilidad es limitada;
  • Socios colectivos: aportan bienes o servicios y su responsabilidad es ilimitada y solidaria.

Es posible constituir dos tipos de sociedades en comandita: 

  • Sociedad en comandita simple, a la cual se aplican las disposiciones legales relativas a las sociedades colectivas;
  • Sociedad en comandita por acciones, a la cual se aplican las disposiciones relativas a las sociedades anónimas. 

El nombre de este tipo de empresa está formado por el nombre de, al menos, uno de los socios colectivos y el añadido «em comandita» o «& comandita», «em comandita por ações» o «& comandita por ações».

Las sociedades en comandita por acciones están obligadas a someterse a la supervisión de un auditor legal.

Debido al régimen de responsabilidad, las sociedades en comandita apenas se utilizan en Portugal.

La administración de las sociedades en comandita compete a 1 o más gerentes. Solo los socios colectivos pueden ser gerentes, a no ser que los estatutos permitan la designación de socios comanditarios para la gerencia.

Sucursal

Una empresa que no tenga domicilio social efectivo, pero que desee operar en Portugal durante más de un año puede crear una sucursal.

Una sucursal es una representación permanente que ejerce la actividad de la empresa en Portugal y no tiene personalidad jurídica propia.

La razón social de las empresas de este tipo debe incluir la designación «representação permanente», «sucursal» u otra equivalente.

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