En Portugal se pueden constituir varios tipos de empresas:
La elección del tipo de empresa en Portugal depende de varios factores, como el tamaño de la empresa, su objeto social, el número de socios y el importe del capital social invertido.
Tipo de Empresa | Sócios (mínimo) | Capital mínimo (€) | Representación del capital | Responsabilidad de los socios | Nombre |
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Sociedad limitada | 2 (o 1 si es unipersonal) | 2 € (1 € si es unipersonal) | Participaciones | Limitada | «Lda.», «Limitada», «Sociedade Unipessoal», «Unipessoal Lda» o «Unipessoal Limitada» |
Sociedad Anónima | 5 (1 en el caso del CINM) | €50 000 | Acciones | Limitada | «S.A.» o «Sociedade Anónima» |
Sociedad Coletiva | 2 | - | - | Ilimitada | «e Companhia», cuando no concreta los nombres de todos los socios |
Sociedad en Comandita | 2 (si es simple) o 6 (si es por acciones) | € 50 000 (solo si es por acciones) | Acciones (si es por acciones) | Limitada (socios comanditarios) Ilimitada (socios colectivos) | «em Comandita», «& Comandita», «em Comandita por Ações» o «& Comandita por Ações» |
En esta sección, analizaremos los distintos tipos de empresa en Portugal y las principales características de cada uno de ellos.
El capital social de este tipo de empresa se distribuye en participaciones. Este es el tipo de empresa más utilizado en Portugal.
Puede tener uno o más socios, que pueden ser personas físicas o jurídicas. En caso de existir un solo socio, la empresa será del tipo sociedad limitada unipersonal.
El nombre de la empresa (razón social) deberá terminar con la palabra «limitada» o la abreviatura «Lda.». Si la empresa tiene solo un socio, el nombre debe terminar con la expresión «Sociedade Unipessoal» (sociedad unipersonal) o por la palabra «Unipessoal» (unipersonal), antes de «Limitada» o «Lda.».
La responsabilidad de los socios está limitada al capital social suscrito por cada socio. Por tanto, solo el patrimonio de la sociedad responde frente a sus deudas. No obstante, los socios responden solidariamente por todas las aportaciones realizadas por los socios que ya han sido excluidos.
No es obligatorio someterse a la auditoría de un auditor legal, a menos que se superen determinados umbrales en términos de ventas, número de empleados o total del balance.
El importe mínimo de cada participación es de 1 €. Este tipo de empresa se puede constituir a través de la plataforma Empresa Online o de forma presencial.
La administración de las sociedades limitadas compete a 1 o más gerentes.
Este tipo de empresa debe estar formado por al menos 5 socios. No obstante, se prevé una excepción para el Centro Internacional de Negocios de Madeira (CINM), donde es posible constituir una sociedad anónima unipersonal (un solo socio), con acciones nominativas.
La responsabilidad de los socios se limita al capital social suscrito por cada socio y la única responsable de las posibles deudas es la empresa. Este tipo de empresa ofrece menor flexibilidad y, por tanto, está orientada a medianas y grandes empresas.
Es obligatoria la supervisión de un auditor legal.
Las sociedades anónimas se pueden constituir a través de la plataforma Empresa Online o de forma presencial.
La administración de las sociedades anónimas corresponde a un Consejo de Administración o a un Consejo de Administración Ejecutivo y un Consejo General y de Supervisión.
Las sociedades gestoras de participaciones sociales (SGPS) tienen como único objeto la gestión de participaciones sociales de otras empresas como forma indirecta de ejercicio de actividades económicas. Las SGPS también pueden prestar servicios técnicos de administración y gestión a las empresas en las que participan, siempre que se cumplan determinadas condiciones.
Las SGPS pueden constituirse como sociedades anónimas o como sociedades limitadas.
Este tipo de empresa debe nombrar y mantener un auditor legal desde el inicio de su actividad, y debe presentar a la Inspección General de Finanzas un inventario anual de las participaciones de capital incluidas en las inversiones financieras que figuran en el último balance aprobado.
No hay requisitos mínimos de capital y pueden aceptarse aportaciones del sector. La razón social de este tipo de empresa debe contener al menos el nombre de uno de los socios y, cuando no contenga el de todos, debe llevar el añadido «e Companhia» por extenso o abreviado.
No es obligatoria la supervisión de un auditor legal.
La administración de las sociedades colectivas compete a 1 o más gerentes.
Debido al régimen de responsabilidad, este tipo de empresas apenas se utilizan en Portugal.
Es posible constituir dos tipos de sociedades en comandita:
El nombre de este tipo de empresa está formado por el nombre de, al menos, uno de los socios colectivos y el añadido «em comandita» o «& comandita», «em comandita por ações» o «& comandita por ações».
Las sociedades en comandita por acciones están obligadas a someterse a la supervisión de un auditor legal.
Debido al régimen de responsabilidad, las sociedades en comandita apenas se utilizan en Portugal.
La administración de las sociedades en comandita compete a 1 o más gerentes. Solo los socios colectivos pueden ser gerentes, a no ser que los estatutos permitan la designación de socios comanditarios para la gerencia.
Una empresa que no tenga domicilio social efectivo, pero que desee operar en Portugal durante más de un año puede crear una sucursal.
Una sucursal es una representación permanente que ejerce la actividad de la empresa en Portugal y no tiene personalidad jurídica propia.
La razón social de las empresas de este tipo debe incluir la designación «representação permanente», «sucursal» u otra equivalente.