Las empresas maltesas están sujetas al cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código de Sociedades Mercantiles y en los códigos fiscales pertinentes.

A continuación, destacamos algunas de las informaciones fiscales y contables más importantes para la actividad empresarial en Malta:

Las empresas con domicilio social en Malta tienen que cumplir los requisitos del Código de Empresas Mercantiles y mantener su contabilidad organizada de conformidad con las NIIF.

Deberán mantenerse los libros bajo la responsabilidad de un contable.

Asimismo, la ley maltesa exige que todos los documentos contables sean mantenidos en la sede de la empresa.

Todas las transacciones de empresas establecidas en Malta tienen que estar debidamente reflejadas en su contabilidad, con documentos justificativos originales.

Nuestros clientes deberán enviarnos mensualmente las copias originales de los documentos justificativos: extractos bancarios de cuenta, facturas, contratos y cualquier otro documento o información relativos a cualquier operación realizada, referentes a todas las transacciones eventualmente realizadas por la empresa antes de finalizar el plazo de entrega de las declaraciones.

En caso de que no recibamos dichos documentos, asumiremos que las actividades correspondientes no han sido ejercidas dentro del periodo y las respectivas declaraciones contables serán emitidas y entregadas en consonancia.

En caso de incumplimiento de los plazos legales anteriormente expuestos o cuando se realicen modificaciones que impliquen correcciones de las declaraciones ya entregadas, nuestros clientes estarán sujetos a fuertes multas.

Cualquier contribuyente que desarrolle una actividad comercial, de negocios o profesional en Malta deberá mantener todos los registros relevantes para la determinación de su beneficio imponible, en particular:

  • Registro de todos los ingresos y gastos de la empresa
;
  • Registros de compras y ventas de la sociedad
;
  • Balance y cuenta de resultados;
  • Todos los documentos justificativos.

En el caso de empresas registradas en Malta, el balance y la cuenta de resultados deberán cumplir lo dispuesto en el Código de Empresas y tienen que ser auditados. Este requisito también se aplica a empresas que, no siendo residentes en Malta, desarrollan allí algún tipo de actividad y deben, por consiguiente, registrarse en Malta a efectos fiscales.

Los registros deberán ser conservados por un periodo mínimo de 9 años, y, generalmente, en la sede de la empresa. Los administradores podrán, no obstante, decidir lo contrario. Si se mantienen los registros fuera de Malta, al menos los estados financieros y los informes tendrán que ser enviados y guardados en un lugar ubicado en Malta. Estos estados financieros deberán mostrar, con claridad, la situación financiera de la empresa, en intervalos máximos de 6 meses, y deberán posibilitar la preparación del balance y de la cuenta de resultados de la empresa de acuerdo con la legislación vigente.

El Comisionado de Rentas podrá solicitar al contribuyente acceso a la documentación fiscal de la sociedad.

Adicionalmente, es posible que los contribuyentes tengan que presentar información adicional o información solicitada por las autoridades fiscales extranjeras, en los casos en los que existan convenios recíprocos sobre el intercambio de información en materia fiscal entre Malta y los respectivos Estados o administraciones fiscales.

Cada contribuyente tiene que hacer el cálculo de sus propios impuestos en la declaración de la renta, excepto aquellos contribuyentes a quienes el Comisionado de Rentas (Commissioner for Revenue) conceda una excepción, por escrito, a tal efecto.

Si el contribuyente no presenta su declaración de la renta, el Comisionado de Rentas podrá determinar su carga fiscal en un importe estimado. Esta evaluación será automáticamente cancelada en caso de que el contribuyente presente posteriormente una declaración de la renta que incluya su autoevaluación.

Generalmente, algunas semanas después de la entrega de su declaración anual de la renta, el contribuyente recibe una declaración indicando el importe del impuesto que tiene que pagar de acuerdo con su propia autoevaluación. Si el Comisionado de Rentas no está de acuerdo con la autoevaluación del contribuyente, podrá emitir una evaluación de la renta. Dichas evaluaciones podrán ser emitidas en un plazo de cinco años tras la finalización del ejercicio al que se refiere la declaración, a no ser que la autoevaluación inicialmente realizada por el contribuyente no haya incluido todos los hechos materiales o haya incluido información errónea o engañosa. En ese caso, la evaluación de la renta podrá ser presentada en cualquier momento.

En caso de que desee modificar su autoevaluación, el contribuyente podrá presentar una declaración de sustitución, siempre que no haya recibido aún una evaluación de la renta.

Si la modificación de la autoevaluación ya presentada tiene como consecuencia la reducción del importe de los impuestos a pagar el año al que se refiere, el contribuyente tendrá que presentar dicha modificación en un plazo máximo de 5 años tras la finalización del ejercicio en cuestión.

Si la modificación se debe a una solicitud de eliminación de la doble imposición, dicha modificación deberá ser presentada, como muy tarde, dos años después de la finalización del ejercicio respectivo.

Las cuentas deben ser aprobadas por los accionistas. 

 

Cualquier entidad que perciba una renta sujeta a impuesto en Malta debe registrarse en el “Malta Revenue Department”. El registro es sencillo y tiene por base una serie de elementos relativos a la entidad en cuestión. Por el número de registro es posible identificar si se trata de una persona física o jurídica.

Los contribuyentes que dejen de percibir rentas imponibles en Malta solo tienen que solicitar la cancelación de su registro. El referido departamento procederá a la cancelación después de comprobar que todas las declaraciones fiscales han sido entregadas y que todas las deudas fiscales han sido regularizadas. Hasta que el registro sea cancelado, el contribuyente deberá entregar todas sus declaraciones fiscales, incluso aunque ya no perciba rentas sujetas a impuesto.

 

Las declaraciones fiscales deberán ser entregadas por las empresas, como muy tarde:

  • 9 meses después de la finalización del periodo contable; 
  • Hasta el 31 de marzo del año en el que tiene lugar la finalización del periodo contable.

 

Si dicho plazo coincide con un festivo público, la fecha límite pasará a ser el siguiente día hábil.

La administración fiscal tiende a conceder prolongaciones de plazo para las declaraciones entregadas online (esta posibilidad deberá volver a comprobarse cada año).

Para poder entregar su declaración fiscal, la empresa debe tener preparados los estados financieros auditados y mantener en archivo alguna documentación, que será puesta a disposición del departamento fiscal si así se solicita.

Las entidades establecidas en Malta a efectos de IVA están obligadas a registrarse en el plazo de 30 días tras la fecha en la que realicen una operación sujeta en Malta o exenta con derecho a deducción en Malta. Las entidades establecidas en el extranjero están obligadas a registrarse si hacen transacciones sujetas al pago de IVA.

A partir de enero de 2010, los sujetos pasivos que no estén registrados a efectos de IVA en Malta y que presten servicios en el territorio de otro Estado miembro cuyo impuesto quede a cargo exclusivamente del receptor de dichos servicios, están también obligados a registrarse a efectos de IVA, como muy tarde, 30 días tras la fecha de la prestación de dichos servicios. En caso de ser receptores de servicios prestados por entidades extranjeras y de dichos servicios estar sujetos a IVA en Malta, deberán registrarse como muy tarde en la fecha en la que dichos servicios les son prestados.

Las entidades que realicen adquisiciones intracomunitarias de importes superiores a 10.000 € anuales, así como las entidades no establecidas en Malta que hagan ventas a distancia a Malta por importes superiores a 35.000 € al año, están también obligadas a registrarse a efectos de IVA.

Cualquier entidad registrada a efectos de IVA deberá entregar una declaración de IVA por cada periodo fiscal, como muy tarde el 15.º día del segundo mes siguiente al mes en el que termina el periodo fiscal.

Por norma general, cada periodo fiscal consiste en un periodo de tres meses de calendario con inicio el primer día del mes siguiente al final del periodo fiscal anterior. El primer periodo fiscal empieza en la fecha en la que la entidad se registró a efectos de IVA.

Las declaraciones de IVA tienen que ser completadas y entregadas a la autoridad fiscal, incluso en los casos de empresas sin actividad.

La legislación maltesa incluye disposiciones y normas que implican el pago de impuestos el año en el que se genera la renta imponible. De esta manera, las empresas y los trabajadores autónomos deben hacer pagos a cuenta el 30 de abril, el 31 de agosto y el 21 de diciembre.

El impuesto que no sea pagado al amparo de este sistema deberá ser liquidado en la fecha de la declaración de la renta. El pago tardío del impuesto está sujeto a una multa de 0,75% por mes de retraso.

El importe del pago a cuenta adeudado en cada año corresponde al valor del impuesto calculado en la autoevaluación, que deberá haber sido entregada antes del inicio del año natural en el que se adeuda el primer plazo del pago a cuenta.

El 20% del importe del impuesto adeudado deberá pagarse en el primer plazo del pago a cuenta, el 30% en el segundo plazo y el restante 50% deberá ser liquidado en el tercer y último plazo.

El importe del pago a cuenta realizado será abonado deduciéndolo del impuesto total a pagar por el contribuyente.

El Comisionado de Rentas Internas tiene el derecho de aumentar el importe del pago a cuenta adeudado. Por otra parte, el contribuyente tiene el derecho de reducir el importe del pago a cuenta, para lo que debe cumplimentar y entregar el respectivo formulario. Aun así, estará sujeto a impuesto adicional, en caso de que se demuestre que dicha reducción no estaba justificada.

Excepciones

Generalmente, cualquier impuesto adeudado deberá ser abonado al amparo del sistema de pago a cuenta o, si hay excedente, en la fecha de la declaración de la renta. No obstante, existen algunas excepciones a esta regla:

  • Beneficios asignados a la cuenta de beneficios extranjeros (FIA, Foreign income account): en este caso, el impuesto deberá pagarse en un plazo de 18 meses tras la finalización del periodo contable en el que los beneficios hayan sido generados o cuando dichos beneficios sean distribuidos (lo que suceda primero);
  • Beneficios de empresas que disfrutan de una exención del impuesto de timbre en virtud del art. 47(3)(e) de la Ley del Impuesto sobre Documentos y Transferencias (Duty on Documents and Transfers Act): en ese caso, el impuesto se paga en la fecha de la declaración de la renta, si los beneficios son distribuidos antes de dicha fecha o, en caso contrario, en lo que suceda primero de estas dos fechas:
    • En el plazo de 18 meses tras la finalización del periodo contable en el que los beneficios hayan sido generados;
    • 14 días tras la finalización del mes en el que dichos beneficios hayan sido distribuidos.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 48 (4) del Código del Impuesto sobre la Renta (ITMA - Income Tax Management Act ), los accionistas que pretendan pedir la devolución de parte de los impuestos pagados por la empresa sobre los beneficios distribuidos tendrán que cumplir algunos requisitos administrativos, uno de los cuales es su registro como accionistas de la empresa que distribuye los beneficios.

A tal efecto, la empresa que distribuirá los dividendos que originan la solicitud de devolución por parte del accionista deberá cumplimentar un Formulario de Registro del Accionista, que se entrega solo una vez a las autoridades fiscales y que debe ir acompañado de documentos justificativos adecuados.

Si el accionista es una empresa, con participaciones directas o indirectas en una empresas registrada en Malta, que tenga acciones emitidas por ella o en su nombre y cotizadas en una bolsa de valores, entonces será también necesario entregar un Formulario de Notificación además del Formulario de Registro del Accionista.

El Formulario de Registro del Accionista debe ser entregado en la primera de estas dos fechas: cuando se adeuda el primer pago de impuestos o cuando se realiza el primer pago de impuestos por parte de la empresa que distribuye los beneficios, en relación al año de evaluación con referencia al cual los beneficios serán distribuidos y en el que se presentará la solicitud de devolución.

La solicitud de devolución solo puede ser presentada después de que los beneficios hayan sido distribuidos.

 

En la práctica, el procedimiento de devolución del impuesto funciona de la siguiente manera:

  • La empresa elabora sus cuentas anuales (por ejemplo, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre del año x) y procede a su auditoría;
  • Una vez finalizada la auditoría, se calcula el importe impositivo a pagar, y se elabora en consonancia la declaración de la renta de la empresa;
  • Se debe entregar la declaración de la renta (referida al ejercicio que termina el 31 de diciembre del año x):
    • Presentación física o manual, hasta el 30 de septiembre del año x+1;
    • Presentación electrónica, hasta el 21 de noviembre del año x+1;
  • La declaración de la renta se remite a las autoridades tributarias y se realiza el pago de impuestos (si se han repartido beneficios antes de esa fecha). El impuesto se debe abonar en la misma divisa del capital social de la empresa, que es también la divisa en la que la empresa elabora y presenta su declaración de la renta auditada;
  • Las fechas más importantes para el pago de impuestos son las siguientes (ejemplo referido al ejercicio del año x):
    • Si no se reparten dividendos (por ejemplo, a 31 de diciembre del año x) antes de la fecha de presentación de la declaración de la renta (es decir, el 30 de septiembre del año x+1), la fecha a tener en cuenta para el pago del impuesto será la fecha de presentación de la declaración de la renta (es decir, el 30 de septiembre del año x+1);
    • Si se reparten dividendos después de la fecha de presentación de la declaración de la renta (es decir, el 30 de septiembre del año x+1), pero antes de finalizar el plazo de 18 meses tras el final del ejercicio (es decir, 30 de junio del año x+2) - plazo máximo para el pago de impuestos -, la fecha a tener en cuenta para el pago de impuestos es el 14º día del mes siguiente a aquel en el que se reparten dividendos (por ejemplo, si los dividendos se reparten el 31 de octubre del año x+1, la fecha de pago de impuestos será el 14 de noviembre del año x+1);
    • Si no se reparten dividendos, el pago del impuesto debe realizarse hasta el 30 de junio del año x+2 (18 meses después del final del ejercicio);
  • Se rellena y remite el formulario de solicitud de devolución de impuestos a las autoridades tributarias;
  • Las autoridades tributarias revisan la declaración de la renta de la empresa y la solicitud de devolución de impuestos que haya remitido. Si todo está en orden y así lo estima la administración tributaria, se procederá a la devolución de impuestos. La devolución de impuestos también se abona en la misma divisa, eliminando así cualquier riesgo relacionado con el cambio de divisas. De acuerdo con la legislación vigente, el Inland Revenue Department deberá proceder a la devolución del impuesto en los 14 días posteriores al final del mes de vencimiento;
  • El plazo de devolución de impuestos se considera vencido cuando se presenten ante las autoridades tributarias los estados financieros auditados de la empresa (mencionando el reparto de dividendos) y la declaración de la renta, se hayan abonado los impuestos en su totalidad y se presente además la solicitud de devolución de impuestos junto con el informe de dividendos.

Ejercicio Fiscal

El ejercicio fiscal coincide con el año natural. Aun así, puede ser modificado mediante solicitud presentada al registro mercantil.

Declaraciones de la Renta

Las declaraciones fiscales deberán ser entregadas por las empresas, como muy tarde:

  • 9 meses después de la finalización del periodo contable; 
  • Hasta el 31 de marzo del año en el que tiene lugar la finalización del periodo contable.

Si dicho plazo coincide con un festivo público, la fecha límite pasará a ser el siguiente día hábil. La administración fiscal tiende a conceder prolongaciones de plazo para las declaraciones entregadas online (esta posibilidad deberá volver a comprobarse cada año).

Ejemplos de plazos para entrega de las declaraciones de la renta:

Finalización del periodo Fecha de entrega de la declaración Prolongación concedida a declaraciones entregadas online en 2019
31 Diciembre 2018 30 Septiembre 2019 28 Noviembre 2019
25 Noviembre 2018 31 Agosto 2019 31 Octubre 2019
31 Enero 2018 31 Marzo 2019 31 Mayo 2019
31 Marzo 2018 31 Marzo 2019 31 Mayo 2019
30 Junio 2018 31 Marzo 2019 31 Mayo 2019

Declaraciones de IVA

Por norma general, las entidades registradas a efectos de IVA deberán entregar una declaración trimestral. La fecha límite de entrega de la declaración de IVA es el 15.º día del segundo mes después de la finalización del trimestre al que se refiere.

Las declaraciones de IVA tienen que ser completadas y entregadas a la autoridad fiscal, incluso en los casos de empresas sin actividad.

Pagos a Cuenta del Impuesto

Las empresas y los trabajadores autónomos deben hacer pagos a cuenta el 30 de abril, el 31 de agosto y el 21 de diciembre.

Ejemplo de pagos a cuenta con referencia al año 2018:

Periodo contable Pagos a cuenta
01/01/19 - 31/12/19 Abril (20%) – Agosto (30%) – Diciembre (50%)
01/04/18 - 31/03/19 Abril (20%) – Agosto (30%) – Diciembre (50%)
01/07/18 - 30/06/19 Agosto (20%) – Diciembre (30%) – Abril (50%)
01/10/18 - 30/09/19 Diciembre (20%) – Abril (30%) – Agosto (50%)