La legislación relevante en materia de Seguridad Social es la “Social Security Act”. No obstante, se aplican los reglamentos comunitarios sobre esta materia, los cuales deben ser observados.
Las cotizaciones a la Seguridad Social relativas a un trabajador en Malta son pagadas por el empleador y por el trabajador, y a cada uno se aplica un tipo del 10% sobre el respectivo salario.
Aun así, las cotizaciones están sujetas a importes mínimos y máximos semanales, siendo el mínimo de 15,81 € y el máximo, según la edad del trabajador, entre los 33,50 € y los 37,85 €. Estos importes se aplican a cada una de las cotizaciones, del trabajador y del empleador.
Las cotizaciones se pagan a través de la deducción de los respectivos importes del salario del trabajador, de la misma forma que los impuestos, y es responsabilidad del empleador proceder a la respectiva entrega.
Para los trabajadores autónomos (self-occupied y self-employed), la cotización es del 15% sobre sus ingresos, y está igualmente sujeta a importes mínimos y máximos semanales, siendo el mínimo de 27,25 € y el máximo, según la edad del contribuyente, entre los 50,24 € y los 56,78 €.
Los residentes en Malta que cumplan determinados requisitos pueden eliminar la doble imposición de rentas que hayan sido sometidas a imposición en origen en el extranjero.
La legislación relevante en materia de Impuesto de Timbre (IT) en Malta es la “Duty on Documents and Transfers Act” (DDTA). Como podrá constatar a continuación, con la correcta planificación, este impuesto no será aplicable en muchas situaciones debido a las diversas exenciones previstas en la ley.
El Impuesto sobre la Renta (Income Tax) está regulado por el Income Tax Act (ITA), por el Income Tax Management Act y por legislación subsidiaria. Este impuesto incide sobre las rentas y algunos tipos específicos de plusvalías de las personas físicas y jurídicas.