Malta cuenta con una amplia red de convenios de doble imposición que ofrecen condiciones competitivas; asimismo, existen más convenios en fase de negociación/firma/ratificación.
En general, los convenios se rigen por el modelo de convenio de la OCDE, aunque algunos contengan algunas variaciones importantes sobre el modelo.
Los convenios, en general, prevén la eliminación de la doble imposición a través de un crédito fiscal ordinario, pero la ley maltesa prevé otros mecanismos para eliminar la doble imposición internacional.
Cabe recordar que, independientemente de la aplicación de convenios de doble imposición, Malta, por lo general, no grava en origen dividendos, intereses ni cánones.
De hecho, con la aplicación del sistema de imputación total vigente en Malta, el pago de dividendos a no residentes que cumplan ciertos requisitos no está sujeto a imposición en origen.
(*) No está todavía en vigor