Malta cuenta con una amplia red de convenios de doble imposición que ofrecen condiciones competitivas; asimismo, existen más convenios en fase de negociación/firma/ratificación.
En general, los convenios se rigen por el modelo de convenio de la OCDE, aunque algunos contengan algunas variaciones importantes sobre el modelo.
Los convenios, en general, prevén la eliminación de la doble imposición a través de un crédito fiscal ordinario, pero la ley maltesa prevé otros mecanismos para eliminar la doble imposición internacional.
Cabe recordar que, independientemente de la aplicación de convenios de doble imposición, Malta, por lo general, no grava en origen dividendos, intereses ni cánones.
De hecho, con la aplicación del sistema de imputación total vigente en Malta, el pago de dividendos a no residentes que cumplan ciertos requisitos no está sujeto a imposición en origen.
(*) No está todavía en vigor
Las entidades no residentes podrán disfrutar de exenciones de retención en origen o cualquier otro impuesto sobre dividendos, intereses, cánones, plusvalías, pólizas de seguro a largo plazo y otras rentas de inversión. Conozca más acerca de Pagos a No Residentes en Malta.
La legislación maltesa prevé la invalidez o ineficacia de cualquier estratagema que reduzca el importe de los impuestos que deben ser pagados por empresas en Malta. Conozca la norma aplicable.